Condena de 150 euros a un usuario de internet por piratear una película

  • Un usuario de internet de Bilbao descargó la película 'Dallas Buyers Club'.
  • Según el juzgado, no queda demostrado que el condenado fuera el autor material de la descarga, pero sí es el titular de la IP que la realizó.
Representación gráfica de la piratería.
Representación gráfica de la piratería.
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Representación gráfica de la piratería.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha condenado a un usuario de internet por "piratear" la película Dallas Buyers Club a compensar a la productora propietaria de la obra cinematográfica con la cantidad de 150 euros.

En una sentencia fechada el pasado 5 de enero, el titular del juzgado, el magistrado Marcos Bermúdez, estima parcialmente la demanda interpuesta por la empresa, que pedía una compensación de 475 euros al titular de una dirección IP de conexión a internet a través de la cual se hizo la descarga mediante un programa de intercambio de archivos (P2P).

En su resolución, contra la que no cabe recurso, el juez evidencia que la descarga de películas "es ilegal" y que el titular de la línea de internet a través de la que se realizó "la descarga ilegal es infractor y responsable, al menos en este caso".

Ante la afirmación del demandado de que no ha sido el autor de la descarga, el juez admite que el usuario "dice, con razón, que no ha quedado demostrado en el pleito quién fue dicho autor material y que no es suficiente la titularidad de la conexión a internet para su identificación".

Señala, sin embargo, que "el hecho de que sea titular de la conexión a internet le traslada a él la carga de alegar y probar quién pudo haberlo hecho".

El juez recuerda que la legislación responsabiliza de la infracción de los derechos de propiedad intelectual no sólo a quien los vulnera, sino también a quien coopera "conociendo la conducta infractora o contando con indicios razonables para conocerla".

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